sábado, 23 de marzo de 2019

Defensa de los curas de Riobamba / Eugenio Espejo



DEFENSA DE LOS CURAS DE RIOBAMBA 
/ EUGENIO ESPEJO

[1786]

Fidel Pablo Guerrero


Defensa de los curas de Riobamba se publicó en Quito en 1923 en el III tomo de los Escritos del doctor Francisco Javier Eugenio Santa Cruz y Espejo, en edición de Jacinto Jijón y Caamaño y Homero Viteri Lafronte, miembros de la Academia Nacional de Historia, y quienes usaron dos copias manuscritas para la transcripción y publicación.

Defensa de los curas de Riobamba es un escrito his­tó­ri­co atribuido a Eugenio Espejo (Quito, 1747-1795), con el cual se buscaba rebatir un informe oficial presentado contra los excesos que acontecían en las fiestas religiosas y sus consecuentes perjuicios económicos; también se apuntan en él varios datos y hechos re­la­cio­na­dos a los dan­zan­tes indígenas.

Espejo es considerado uno de los precursores de la independencia, talentoso escritor y médico, y a quien se aprecia en este escrito como defensor y simpatizante del sector indígena, debido –seguramente- al origen indígena que se le asigna.

En 1786, Ig­na­cio Ba­rre­to, Al­cal­de Or­di­na­rio y en­car­ga­do de la co­bran­za de tri­bu­tos, presentó un in­for­me a la Real Au­dien­cia de Qui­to en el que ha­cía graves im­pu­ta­cio­nes a los cu­ras de Rio­bam­ba, en­tre las que apuntamos aquellas sobre fiestas y gastos que hacían los indígenas danzantes en aquellas festividades religiosas:


“... la mul­ti­pli­ci­dad de fies­tas que ce­le­bran los in­dios en las Igle­sias pa­rro­quia­les, sus Ane­xos [ane­jos] y aún en Ora­to­rios pri­va­dos de las ha­cien­das, es su­ma­men­te per­ju­di­cial a la Re­li­gión, a la agri­cul­tu­ra, a las ma­nu­fac­tu­ras y a los rea­les in­te­re­ses de Su Ma­jes­tad...”

“... el san­to ti­tu­lar o Pa­trón de ca­da pue­blo tie­ne vein­te o trein­ta fies­tas y con po­ca di­fe­ren­cia ce­le­bran las mi­sas a la Sa­cra­tí­si­ma Vir­gen y las de­más fes­ti­vi­da­des que se han per­mi­ti­do fue­ra de las par­ti­cu­la­res que son in­nu­me­ra­bles. Y com­pu­tan­do el nú­me­ro se ocu­pan los in­dios, en es­tas ce­le­bri­da­des, más de la mi­tad del año...”

“... Agré­gue­se a es­to que la ma­yor par­te de es­tas fun­cio­nes, son co­mo unas es­pe­cies de dan­zas gen­tí­li­cas que vul­gar­men­te las de­no­mi­nan dan­zan­tes; y es­tos con­cu­rren en tro­pel a dan­zar en las Igle­sias, con irre­ve­ren­cia, has­ta en los pres­bi­te­rios, no de­bien­do per­mi­tír­se­les ni aun en los ce­men­te­rios y pór­ti­cos.

“Los gas­tos que es­tas des­con­cer­ta­das dan­zas oca­sio­nan a los in­dios, les es per­ju­di­cial; por­que de­bien­do com­prar o al­qui­lar efec­tos de se­da, se em­pe­ña tan­to, que el sa­la­rio de cua­tro años no les al­can­za pa­ra pa­gar la exor­bi­tan­te ga­nan­cia que tie­nen los mer­ca­de­res con es­tos efec­tos. Por lo que hu­mil­de­men­te su­pli­co a V. A., el Al­cal­de y Co­mi­sio­na­do, se pro­hí­ban en­te­ra­men­te, así en las fes­ti­vi­da­des par­ti­cu­la­res, co­mo en las de Cor­pus-Ch­ris­ti y la Na­ti­vi­dad del Se­ñor, que se prac­ti­ca en es­ta Vi­lla. En el en­sa­yo de es­tos bai­les pier­den los in­dios más de un mes de tra­ba­jo en per­jui­cio su­yo y de la Re­pú­bli­ca”.


En el in­for­me se menciona tam­bién que en aquellas fes­ti­vi­da­des hay gran de­sor­den y em­bria­guez, por lo tan­to Ba­rre­to pe­día la pro­hi­bi­ción de tan­ta mul­ti­tud de fun­cio­nes.









Alegoría de Eugenio Espejo.





Probablemente a pedido del sector religioso aludido en el informe, Eu­ge­nio Es­pe­jo es­cri­bió, por 1786-1787, De­fen­sa de los cu­ras de Rio­bam­ba, sus reflexiones pa­ra re­pli­car a Ig­na­cio Ba­rre­to, señalando que las fiestas y danzas de los indios eran inofensivas. Seguidamente transcribimos algunos segmentos en los que podremos apreciar algunos aspectos en torno a las danzas indígenas:


“Re­fle­xión vi­gé­si­ma se­gun­da: [Es­pe­jo]
106. “En al­gu­nas de las más so­lem­nes fies­tas, co­mo del Cor­pus y Na­ti­vi­dad de Je­su­cris­to, es ver­dad que sa­len a dan­zar los in­dios por las ca­lles, y, a ve­ces, se acer­can a los tem­plos y sus re­cin­tos in­te­rio­res. Tie­nen, pues que de­cir los Cu­ras que fal­sa­men­te ase­gu­ra Va­lle­jo sean es­pe­cies de dan­zas gen­tí­li­cas las que prac­ti­can los in­dios dan­zan­tes. Que­rien­do dar a en­ten­der a V. A. que él es­tá ins­trui­do en la his­to­ria de los usos gen­tí­li­cos, no du­da igua­lar los ino­cen­tes bai­les de los in­dios dan­zan­tes a las es­pe­cies de dan­zas gen­tí­li­cas”

“ .. el mo­do de dan­zar de los in­dios es su­ma­men­te ino­cen­te, por ser des­con­cer­ta­do y no te­ner el ai­re y mo­vi­mien­to des­ho­nes­to, aun­que a pa­so re­gu­la­do, de los bai­les de nues­tra Na­ción, en los que hay la pre­ci­sa cir­cuns­tan­cia del con­cur­so del be­llo se­xo y la ne­ce­si­dad de dar­se la ma­no mu­tua­men­te, aún en el bai­le de Mi­nué que pa­re­ce ser el más de­co­ro­so.”

“Los bai­les de los in­dios no son co­mo las con­tra­dan­zas in­gle­sas y fran­ce­sas tan adop­ta­das, re­ci­bi­das en­tre las no­bles mo­das de es­te si­glo, en me­dio de las que son más los pe­ca­dos, que los com­pa­ses y sal­tos de de­sen­vol­tu­ra. Y al con­tra­rio, se ase­me­jan a los que prac­ti­có Da­vid de­lan­te del Ar­ca, sin com­pás, sin jun­ta de mu­je­res, y con unos sal­tos des­me­su­ra­dos, pe­ro to­dos de re­li­gio­so re­go­ci­jo, co­mo los pin­ta la Es­cri­tu­ra.

“Fi­nal­men­te, son más­ca­ras de ino­cen­te ale­gría, las que se pre­sen­tan en los días ci­ta­dos, se­me­jan­tes a las que usa­ron y se usa en la Real Cor­te, a pre­sen­cia de V. C. R. P. por ser en un día tan gran­de y so­lem­ne co­mo el del Se­ñor San­tí­si­mo Sa­cra­men­to. Y so­bre las que un Pre­la­do ce­lo­sí­si­mo, vien­do que tur­ba­ban de al­gu­na suer­te la de­vo­ción de los ti­bios, o que es­can­da­li­za­ban la fa­ri­sai­ca se­rie­dad de los he­re­jes, ex­pi­dió, en Ma­drid, una Car­ta Pas­to­ral, no pa­ra ex­tin­guir­las ab­so­lu­ta­men­te, si­no pa­ra de­ter­mi­nar el lu­gar que de­bían ocu­par en la pro­ce­sión del Cor­pus. Pe­ro, si los dan­zan­tes son dig­nos de re­pa­ro y co­rrec­ción, es­te asun­to es del re­sor­te del Go­bier­no, de los Jue­ces Rea­les or­di­na­rios y de las jus­ti­cias res­pec­ti­vas de los pue­blos y lu­ga­res.

“Y así los Cu­ras in­for­man tam­bién a V.A. que co­mo mu­chas ve­ces su in­te­gé­rri­ma pro­vi­den­cia, aten­dien­do a la rec­ta ad­mi­nis­tra­ción de jus­ti­cia, ha man­da­do que se pro­hí­ban los dan­zan­tes, si se han vis­to en el dis­tri­to de es­ta ju­ris­dic­ción o del Rei­no en­te­ro, ha si­do por­que los in­dios han im­pe­tra­do la li­cen­cia de los Co­rre­gi­do­res y Te­nien­tes res­pec­ti­vos, con­for­me a la Ley 38, Lib. 6, Tit. 1 de nues­tras mu­ni­ci­pa­les, que per­mi­te, con la li­cen­cia del Go­ber­na­dor, a los in­dios, aun otros bai­les pro­fa­nos o pú­bli­cos con el con­cur­so de mu­je­res, si los bai­les fue­sen he­chos con ho­nes­ti­dad y tem­plan­za”.

“In­for­man igual­men­te que de que los in­dios dan­cen, no les re­sul­ta a los cu­ras uti­li­dad al­gu­na, ni pue­den ve­nir­les si­no da­ño en el do­lor que con­ci­ben de que, con mo­ti­vo de ta­les dan­zas, cul­ti­ven más los in­dios, en los días de pre­pa­rar­las y per­fec­cio­nar­las, el vi­cio de la em­bria­guez.

“Que los in­dios, te­na­ces en su mo­do de pen­sar y ad­he­ri­dos ín­ti­ma­men­te a la prác­ti­ca de sus usos in­vio­la­bles, mo­les­tan a los Co­rre­gi­do­res has­ta al­can­zar el per­mi­so de bai­lar en tra­jes ador­na­dos; co­mo ha su­ce­di­do con el de es­ta Vi­lla, que, a re­pug­nan­cia del Pres­bí­te­ro Cu­ra Doc­tor Don To­más de Acha, con­ce­dió que dan­za­sen, el año pa­sa­do de 85, los in­dios de Pu­ni, sin du­da por­que a su pru­den­cia pa­re­ce­ría, se­gún las cir­cuns­tan­cias del tiem­po, me­jor el ca­mi­no de la con­des­cen­den­cia que el de la re­pul­sa.

“Y que no te­nien­do in­flu­jo di­rec­to ni in­di­rec­to los Cu­ras en di­chas dan­zas, es por de­más que Va­lle­jo las trai­ga a con­si­de­ra­ción, y a pro­pó­si­to de acu­sar­les con ma­lig­ni­dad, en pun­to tan dis­tan­te del de dis­mi­nu­ción de fies­tas que pre­ten­de.

“Y si Va­lle­jo, de aquel uso o abu­so de las dan­zas ve­ri­fi­ca­das, tan­to en los días de fies­tas co­mo en los que no son, quie­re in­fe­rir que las fies­tas son con­tra­rias a la Re­li­gión, V. A. se dig­na­rá dar a su ra­cio­ci­nio la de­bi­da es­ti­ma­ción, juz­gan­do que, en ese ca­so, de­ben ser qui­ta­das to­das las fies­tas, sin res­tric­ción, por to­dos los tiem­pos y eda­des; por­que en ellas siem­pre ha de ha­ber al­gún de­sor­den de la na­tu­ra­le­za hu­ma­na [...]

“107. Pa­ra qui­tar equi­vo­ca­cio­nes, dé­be­se te­ner pre­sen­te que en to­do el mun­do hay dos es­pe­cies de fies­tas, unas ci­vi­les y otras ecle­siás­ti­cas.

“Pue­den lla­mar­se ci­vi­les las que son au­to­ri­za­das, per­mi­ti­das o to­le­ra­das por el Go­bier­no po­lí­ti­co, ta­les son: los jue­gos de Car­nes­to­len­das; los pa­seos pú­bli­cos en el día de Pas­cua de Es­pí­ri­tu San­to ha­cia San­ta Cla­ra; en los que lla­man de Guá­pu­lo ha­cia el Eji­do de San Blas; en los de la Mag­da­le­na ha­cia es­ta pa­rro­quia; y en el día de fi­na­dos, ha­cia San Die­go, con mo­ti­vo de ir a su Igle­sia; los bai­les pú­bli­cos y des­ho­nes­tos en los días y no­ches de la Vi­gi­lia de la Na­ti­vi­dad, de los San­tos Ino­cen­tes y de la Pas­cua de Re­yes, que to­dos son so­lem­nes, no en es­ta Vi­lla, si­no en esa Ca­pi­tal; las co­rri­das de to­ros, y ge­ne­ral­men­te to­dos los es­pec­tá­cu­los.

”Pa­ra que se prac­ti­quen, pues, es­tas fies­tas, no se ne­ce­si­tan los hom­bres pre­tex­tos de las ecle­siás­ti­cas. Una tra­di­ción fa­tal al Cris­tia­nis­mo y su mo­ral, les ha­ce que re­nue­ve anual­men­te la me­mo­ria de sus di­ver­sio­nes pro­fa­nas. Y a ve­ces ha su­ce­di­do que los mis­mos hom­bres, con­fun­dien­do el re­go­ci­jo pío de la Igle­sia en sus fies­tas, con los ape­ti­tos de la na­tu­ra­le­za, ha­yan he­cho de­ge­ne­rar en ale­gría car­nal sus so­lem­ni­da­des; sin que en to­do es­to ha­ya te­ni­do par­te, in­flu­jo ni as­pi­ra­ción, la Igle­sia San­ta ni sus Mi­nis­tros

“Lo que és­tos que­rrían, por lo mis­mo que se les su­po­ne pe­ne­tra­dos de la ava­ri­cia y se­dien­tos del di­ne­ro de los fie­les, lo que que­rrían se­ría, que es­tos úl­ti­mos hi­cie­sen sus fies­tas tan so­la­men­te cir­cuns­cri­tas al cul­to, y ofre­cie­sen por la Mi­sa, por el ser­món y por la mag­ni­fi­cen­cia de la pom­pa ex­te­rior. En lo de­más, igual­men­te y con más in­te­rés, que­rrían que el di­ne­ro que les so­bra­ba, guar­da­sen pa­ra otras fies­tas. Que­rrían que fue­sen de con­ta­do, a sus ca­sas, o al cam­po, o a sus ofi­ci­nas, o ade­lan­tar­lo por me­dio de su tra­ba­jo: Que no lo di­si­pa­sen en la sa­tis­fac­ción de sus vi­cios: Y que siem­pre es­tu­vie­sen ap­tos pa­ra los gas­tos (si pue­de de­cir­se así) tan so­la­men­te ecle­siás­ti­cos. A es­ta cuen­ta se vie­ne a los ojos del más to­po, que las fies­tas ecle­siás­ti­cas, por más abu­sos que en ellas ha­ya in­tro­du­ci­do la li­cen­cia hu­ma­na, no son de su­yo, ni ac­ci­den­tal­men­te con­tra­rias a la Re­li­gión, ni a los in­te­re­ses de la Re­pú­bli­ca.

“Ba­jo es­ta su­po­si­ción, es de con­si­de­rar que los dan­zan­tes no son de esen­cia de las fies­tas ecle­siás­ti­cas, no son pro­mo­vi­das por los Cu­ras, ni a és­tos se les de­be ha­cer reos de sus dan­zas, sean re­li­gio­sas o gen­tí­li­cas.

‘Tex­to’ [In­for­me]
‘108. Los gas­tos que es­tas des­con­cer­ta­das dan­zas oca­sio­nan a los in­dios, les es per­ju­di­cial, por­que de­bien­do com­prar o al­qui­lar efec­tos de se­da, se em­pe­ñan tan­to, que el sa­la­rio de 4 años no les al­can­za pa­ra pa­gar la exor­bi­tan­te ga­nan­cia que tie­nen los mer­ca­de­res con efec­tos’.

“Re­fle­xión vi­gé­si­ma ter­ce­ra [Es­pe­jo]:
“109. Di­si­mu­lan­do a Va­lle­jo el so­le­cis­mo, y ma­la con­cor­dan­cia de: los gas­tos les es per­ju­di­cial, sien­ten mu­chí­si­mo los Cu­ras, que los que im­pen­den los in­dios en las dan­zas gen­tí­li­cas, les sean per­ju­di­cia­les; por que se les qui­ta por otros, que no son ellos, la la­na de sus ove­jas, y pier­den la es­pe­ran­za ab­so­lu­ta de que vuel­van a ha­cer fies­tas o de que las ha­gan con de­sa­ho­go, y con la com­ple­ta so­lu­ción de los de­re­chos pa­rro­quia­les. Pe­ro de­jan­do iro­nías, y ha­blan­do con la se­rie­dad que se de­be a V.A., di­cen que sien­ten mu­chí­si­mo el que Va­lle­jo dé a en­ten­der que ellos tie­nen la cul­pa de que los in­dios dan­cen, y que son de tan dé­bil ra­zón, que por co­ger cua­tro rea­les de sus fe­li­gre­ses, con­sien­tan o es­ti­mu­len a que gas­ten cien­to más en las dan­zas y que­den así del to­do ex­haus­tos.

Oja­lá es­tu­vie­sen per­sua­di­das las gen­tes to­das, que los dan­zan­tes no se ads­cri­ben esen­cial­men­te a la fies­ta ecle­siás­ti­ca o día fes­ti­vo de la igle­sia; si­no, ge­ne­ral­men­te, a la ale­gría co­mún del tiem­po o la es­ta­ción fes­ti­va ci­vil. Y de es­te mo­do aun­que se pro­hi­bie­se la pri­me­ra, que­rrían los in­dios dan­zar en vir­tud de la se­gun­da, aten­dien­do v.g., a una an­ti­gua tra­di­ción, de que bai­la­ban sus ma­yo­res en los tiem­pos de Na­ti­vi­dad y Cor­pus Ch­ris­ti.

“En fin, los dan­zan­tes en ca­li­dad de ex­ce­si­vos en su ador­no y de que pe­li­gra­ba su li­ber­tad e in­te­re­ses, si per­dían al­gu­na pre­sea, es­tán man­da­dos qui­tar, por de­ter­mi­na­ción muy pru­den­te de V.A. mu­chos años ha, con par­ti­cu­la­ri­dad en Qui­to. Y en ca­li­dad de más­ca­ras, es­tán pro­hi­bi­das se­ve­ra­men­te por Cé­du­la Real. Pe­ro si por ra­zón de que con­tra es­tas ór­de­nes su­pe­rio­res, se ven en el dis­tri­to de es­ta Vi­lla, los dan­zan­tes, pre­ten­de Va­lle­jo, lo pri­me­ro, que sean las fies­tas en que ellos dan­zan con­tra la Re­li­gión y los in­te­re­ses de la Re­pú­bli­ca; y lo se­gun­do, que se qui­ten por V. A., co­mo tan con­tra­rios a es­tos ob­je­tos: quie­ren los Cu­ras que V. A. se dig­ne ha­cer me­mo­ria de que es­tas fies­tas úl­ti­mas son las que de pre­cep­to se guar­dan en to­da la Cris­tian­dad y que Va­lle­jo pi­de, de más a más, su abo­li­ción, con­tra­vi­nien­do a los au­tos de vi­si­ta, a las le­yes del Rei­no y a la Cé­du­la en que se man­da, ha­gan los in­dios las fies­tas del San­tí­si­mo Sa­cra­men­to, San­tí­si­ma Vir­gen, San­to Pa­trón y Ani­mas ben­di­tas.

“Pre­ten­da, en­ho­ra­bue­na, Va­lle­jo qui­tar los dan­zan­tes, sin cul­par ni a la Igle­sia, ni a los Cu­ras, ni a las Fies­tas.

“110. Aho­ra, cuan­do Va­lle­jo ha­ce me­mo­ria de los gé­ne­ros de se­da con que se vis­ten los dan­zan­tes; del em­pe­ño que to­man; de la adeu­da­ción que con­traen con los mer­ca­de­res, con el gra­va­men de no po­der pa­gar el al­qui­ler o la com­pra de su ador­no, con el sa­la­rio de cua­tro años; pa­re­ce que se acor­dó con ho­rror y exe­cra­ción de cier­to ejem­plo do­més­ti­co que te­nía a la vis­ta. Enó­ja­se, pues, opor­tu­na­men­te Va­lle­jo, con­tra esos par­ti­cu­la­res tra­fi­can­tes de los gé­ne­ros de se­da de los dan­zan­tes. Los Cu­ras ayu­dan a su eno­jo con la com­pa­sión de los muer­tos, que usa­ron es­te co­mer­cio, es­cla­vi­zan­do a los in­dios obra­je­ros. Pe­ro ol­vi­dan­do los cas­ca­be­les, mo­rrio­nes y otras ba­ra­ti­jas de los dan­zan­tes, si Va­lle­jo re­cal­ca en que los hay, dé­be­se con­ce­bir que su ma­lig­ni­dad mur­mu­ra y sa­ti­ri­za así in­di­rec­ta­men­te a los Co­rre­gi­do­res, jus­ti­cias or­di­na­rias, y uni­ver­sal­men­te a la muy al­ta dig­ni­dad del su­pe­rior go­bier­no y so­be­ra­na jus­ti­fi­ca­ción de V. A. lo cual se ha­ce más per­cep­ti­ble por las si­guien­tes pa­la­bras del In­for­me y re­fle­xión que las ilus­tra.

“Tex­to [In­for­me]:
“111. ‘Por lo que hu­mil­de­men­te su­pli­ca a V. A., el Al­cal­de y Co­mi­sio­na­do, se pro­hí­ban en­te­ra­men­te así en las fes­ti­vi­da­des par­ti­cu­la­res, co­mo en las de Cor­pus Ch­ris­ti y la Na­ti­vi­dad del Se­ñor que se prac­ti­ca en es­ta Vi­lla’.

“Re­fle­xión vi­gé­si­ma cuar­ta [Es­pe­jo]:
“112. Pues, se­ñor, si es cons­tan­te y evi­den­te­men­te pro­ba­do, que las dan­zas, no las han in­ven­ta­do los Cu­ras; no las han fo­men­ta­do; no las han pro­mo­vi­do: que no re­dun­dan en uti­li­dad su­ya: que an­tes se opo­nen a és­ta: que la Igle­sia las de­tes­ta, y ja­más las ha ins­ti­tui­do o per­mi­ti­do. Si del mis­mo mo­do es cons­tan­te, que V. A. y C. C. R. P. las ha pro­hi­bi­do con ór­de­nes po­si­ti­vas, no en odios de los Cu­ras ni fes­ti­vi­da­des ecle­siás­ti­cas, si­no en fa­vor de los in­dios, y en ob­se­quio del buen or­den, po­lí­ti­ca y bue­nas cos­tum­bres de los pue­blos; ¿por qué Va­lle­jo hu­mil­de­men­te su­pli­ca a V A. que se pro­hí­ban en­te­ra­men­te? Los cu­ras en na­da con­tra­vie­nen a las de­ter­mi­na­cio­nes ema­na­das de la so­be­ra­na au­to­ri­dad V. C. R. P. No per­mi­ta Dios tal co­sa! Y pri­me­ro so­bre­ven­ga so­bre ellos la muer­te[...]
“Tex­to [In­for­me]:
“113. ‘En el en­sa­yo de es­tos bai­les, pier­den los in­dios más de un mes de tra­ba­jo, en per­jui­cio su­yo y de la Re­pú­bli­ca’.

“Re­fle­xión vi­gé­si­ma quin­ta [Es­pe­jo]:
“114. Re­pro­du­cen los Cu­ras, las an­te­ce­den­tes re­fle­xio­nes, y de­más de ellas, di­cen que a ellos mis­mos se les si­guen mu­chos in­con­ve­nien­tes, cau­sa­dos por la pér­di­da de tiem­po, que ha­cen los in­dios en los di­chos en­sa­yos. No se les da el ser­vi­cio co­rres­pon­dien­te, y man­da­do dar por las le­yes y au­tos de los Vi­si­ta­do­res. Ven con do­lor que fal­tan al Ca­te­cis­mo y a ve­ces a la san­ta Mi­sa de los días do­min­gos. Les due­le que en el ocio de es­tos días per­di­dos, con­trai­gan vi­cios  enor­mí­si­mos a con­se­cuen­cia de la em­bria­guez, y que así fal­ten a Dios y a la obe­dien­cia de­bi­da a los Cu­ras.

“Pe­ro re­pi­ten que en to­do es­to no son res­pon­sa­bles és­tos, ni a la Re­pú­bli­ca, ni al in­te­rés de los in­dios, pues que, le­jos de in­fluir, ni la Igle­sia, ni ellos, ni las fies­tas en el uso de las dan­zas, las han con­de­na­do del mo­do que pue­den los que son Pas­to­res de un re­ba­ño re­cién ad­qui­ri­do, y que ha lo­gra­do sus exen­cio­nes del Su­pre­mo Pas­tor de la Igle­sia” [...]

Fuente:
ESPEJO, Francisco Javier Eugenio de Santa Cruz y. Escritos del Doctor Francisco Javier Eugenio Santa Cruz y Espejo, t. III / Jacinto Jijón y Caamaño, edit. Quito: Editorial Artes Gráficas, 1923.


Escrito en Quito, 2000.

martes, 23 de octubre de 2018

Los Yaravíes Quiteños

Se confirma que la compilación Yaravíes  quiteños corresponde al músico quiteño 
Juan Agustín Guerrero


Fidel Pablo Guerrero
http://soymusicaecuador.blogspot.com/


En 1993, a cien años de la primera impresión, reeditamos en Quito la colección de partituras ecuatorianas del siglo XIX que, con el título de Yaravíes quiteños, se había publicado en Madrid  en 1883 en las Actas del Congreso de Americanistas. Los Yaravíes quiteños, era una colección de piezas indígenas y populares ecuatorianas entre las que se incluían sanjuanitos, un jahuay, yumbo, alza, amorfino y obviamente yaravíes.

Bajo mi entusiasta propuesta y contando con una buena fotocopia del impreso que hallé en el Archivo Jacinto Jijón y Caamaño[1], transcribimos las partituras. Participaron en la tarea de reedición César Santos, Raúl Garzón y Ketty Wong. Hice para esa ocasión un corto estudio introductorio y César hizo el prólogo.

Para entonces, en torno al músico, poeta y pintor quiteño Juan Agustín Guerrero (ca. 1816- Quito, 1886), se conocía de su participación en las sociedades democráticas y de ilustración, que había sido compositor, profesor de piano y subdirector del primer Conservatorio Nacional de Música;  se contaba con la publicación en facsimilar que hizo el Banco Central del Ecuador de su Historia de la música ecuatoriana desde su origen hasta 1875; y, por mi parte, había hallado la fecha de muerte del artista quiteño, que no se sabía con exactitud y que la encontré en un periódico de 1886.

La obra pictórica había sido dada a conocer por varios autores en sueltos, pero fue Wilson Hallo en su libro Imágenes del Ecuador del siglo XIX (1981) quien publicó un álbum con muchas acuarelas y dibujos de Guerrero.

En el 2010 logré documentar un par de fotografías de Guerrero. Eran las primeras fotos que mostraban a este distinguido músico quiteño; las publiqué en la revista musical EDO, N° 7 (Quito, 2010). Los músicos Carlos Freire y Janneth Alvarado por su parte me habían enviado copias digitales de un par de obras de este compositor: un valse y  un baile popular, éste último, La cinta azul, dedicado a los regeneradores, con texto de Ángel Polibio Chaves, quizás creado hacia 1882. Ese era el panorama general de elementos conocidos sobre Guerrero hasta ese momento.

Juan Agustín Guerrero


Retornando a una de las colecciones pautada más importantes sobre música indígena y popular ecuatoriana, los Yaravíes  quiteños, podemos destacar que hasta hace unos pocos días aún era un misterio aseverar quién era el real autor de aquella compilación notada. Si bien había la sospecha de que la tarea la había realizado el artista quiteño, no existía la certeza o la prueba documental que demostrara tal aseveración. Nos basábamos –igual que lo habían hecho otros estudiosos con anterioridad-  en lo escrito por el mismo Agustín Guerrero en su libro Historia de la música ecuatoriana…  en el que apuntaba:

En 1865 llegó a Quito una comisión científica de España, y entre las muchas curiosidades que recogió, el señor Marcos Jiménez de la Espada, me mandó coleccionar todas las melodías indianas y populares, para llevarlas al museo de ciencias naturales de Madrid, quien, al despedirse, me dijo: “Le suplico no olvide de enviarme todo lo más que Ud. pueda recoger, porque quiero que el museo no carezca de estas reliquias sudamericanas.”

Sin embargo el escrito no ratificaba si el envío de partituras se había concretado.

En el diario de la Comisión española y en la presentación de los Yaravíes quiteños que se hizo en el Congreso internacional, nada se avisa sobre a quién le correspondía el trabajo pautado. Marcos Jiménez de la Espada, cuando presentó la colección tampoco hizo referencia al compilador, por lo que generalmente se concedía ese crédito a Jiménez, incluso el historiador González Suárez señala esta compilación como de Jiménez.

Una versión impresa de 1884 de los “Yaravíes quiteños”


Por mi parte, continué rastreando los originales de Guerrero por largo tiempo. En la red di con una copia que Jiménez había encargado al músico español Francisco Barbieris en 1882 y que la Biblioteca Nacional de España había colocado en su portal; esta copia podía considerarse el documento más cercano a los originales manuscritos. Sin embargo, en esa copia tampoco se decía nada de Guerrero: “Yaravíes quiteños (presentados al Congreso de Americanistas de Madrid, 1881, por D. Marcos Jimenez de la Espada y copiados por F. A. Barbieris. Nota. Estos aires populares están transcritos con mucha incorrección pero yo los he copiado tales cuales vinieron del Perú. B.”.

Portada de la copia hecha por F. Asenjo Barbieris.


Luego, revisando catálogos de archivos españoles en relación a Barbieris y a  Jiménez, finalmente di con un documento, que tenía 0 solicitudes (o sea que nadie lo había revisado) y si bien se mencionaba como publicado en el tomo segundo de las Actas del Congreso Internacional de Americanistas (4º. 1881. Madrid), me surgió la sospecha de que podría tratarse del documento que buscaba pues en la nota general se apuntaba que su soporte era “papel textual ms.”

Hace pocos días (el 10 de agosto del 2018), a propósito que la hija del músico César Santos viajaba a España se nos ocurrió pedirle que accediera a los mencionados documentos. Envié a César los códigos del archivo para que acudiendo allá, su hija pudiera acceder a la caja correspondiente y fotografiara los documentos. Sin embargo los centros investigativos de España (y casi de cualquier parte) requieren de cartas y credenciales investigativas especiales para el acceso. En ese marco, casi dando por perdida la oportunidad, César escribió una carta a la directora del centro y ella –gentil y agenciosamente- puso a nuestra disposición la digitalización y envío de los documentos por correo electrónico, eso sí mencionando que, por normas del centro, debíamos cancelar un importe si los publicábamos.

Al abrir los archivos de pdf que llegaron, se pudo constatar que efectivamente los documentos correspondían a la colección en cuestión y que nuestra búsqueda no había sido en vano. Constaba pues el nombre de Guerrero como el autor de la compilación.

Desafortunadamente, en ninguna de las páginas manuscritas de las 24 partituras,  existe una fecha que señale la temporalidad en que fueron enviadas las obras a España. Habrá que seguir buscando documentos aledaños que nos certifiquen el tiempo de envío, esto en la medida que Jiménez los presentó más de una década después de cuando hizo el pedido a Guerrero. Recién los presentó en 1881 en el congreso mencionado y como dijimos se publicaron en 1883,  Mientras el pedido de Jiménez a Guerrero data de 1865.

El músico español Francisco Barbieris indica que juntamente con unas cachuas, los yaravíes  quiteños llegaron a España desde Perú. Pudiera  ser que se envió  la colección primero al Perú y de allí  a España (o que Barbieris confundiera a Quito como parte del Perú? o que finalmente que su comentario solo se refiriera a las cachuas peruanas). Sin embargo hay un indicio que podría acercarnos a la fecha de envío. Se trata de un sello seco que consta en las partituras, que resulta ser el escudo de la República de Ecuador que se usaba hacia el último tercio del siglo XX. Tomando en cuenta que en 1875 Guerrero ya menciona el pedido que hizo Jiménez de la Espada, cabría suponer que entre 1865-1874 ya se habría enviado la compilación.

Sello seco con el Escudo de Ecuador.

El documento nos permite hacer algunas conclusiones generales (que en otros artículos iremos ampliando), como por ejemplo que el título original de la compilación de Jn. Agustín Guerrero era:

Colección
“de Yaravíes antiguos y modernos
“del Ecuador, incluso las melodías de los
“indios.
“Recopilados por Jn. Agustín Guerrero.”

Portada del legajo de la colección hecha por Juan A. Guerrero.

El hallazgo de este legajo finalmente nos permite ponderar documentadamente que Juan Agustín Guerrero fue el autor real de la colección; su nombre en efecto consta  en la portada como compilador.  Ahora se puede aseverar -sin reservas- que este trabajo lo hizo Juan Agustín Guerrero, uno de los importantes músicos ecuatorianos del siglo XIX, quien fue director del Conservatorio de Música y a quien debemos así mismo el primer esbozo de historia escrita de la música en Ecuador.

Detalles de  la colección
El legajo contiene 24 partituras con sus respectivas notas explicativas:
N° 1 El Masalla
Tono o yaraví que acostumbran cantar los indios en sus casamientos, a manera de consejo, a sus hijos.

N° 2 El Albacito
Yaraví con que van los indios a despertar a los novios al otro día de casados.

N° 3 El Llanto
Melodía que expresa naturalmente el tono y sentimiento con que lloran las indias.

N° 4 Yupaichisca
Melodía en que cantan “El Aldivino” los indios de las haciendas inmediatas a Quito en todos los días de fiesta a  las tres de la mañana.
N° 5 Canto que acostumbran los indios de las haciendas cuando están en la siega, a cuyo compás  trabajan.

Ñuca ulpasitulli
Maipi chari tian
Mana ricurcani
(1)Chiungu mi huacan
(1) como el ch francés [sic., se escribía shungu y ahora shunku]

Traducción
Mi tierna tortolilla
Adonde estará
Pues ya no la encuentro
Y el corazón llora.

N° 6 El Yumbo
Yaraví antiguo de los indios y que lo usan hasta hoy en el baile de los Danzantes, en el pito y acompañado del tamboril.

N° 7 El San Juanito
Baile de los indios de Otavalo, que en los tres días de la festividad de Sn. Juan Bautista lo usan cada año y con mucha novedad, tanto en Otavalo como en los demás pueblos de la provincia de Imbabura.

N° 8
El mayordomo. De Indios.

N° 9 La Bartola. Antiguo de indios

N° 10
Doña Lorenza
Yaraví antiguo de los indios que se conserva con tradición de un suceso

N° 11
Calliman- llugcixpa. De indios

N° 12
El Cusnico. Melodía de Indios

Fragmento de una de las partituras de la colección.


N° 13
Cuxnico. De indios

 En sumag palacio, cuxnico
Causajunguimi
Ñuca chaglla guasi, cuxnico
Yuyaringuimi.

Sumag pan de huevo, cuxnico
micujunguimi
Ñuca sara cancha cuxnico
Yuyaringuimi.

Traducción
En rico palacio,
viviendo estarás,
de mi pobre choza
tú te acordarás.

2
Rico pan de huevo
comiendo estarás,
de mi maíz tostado
tú te acordarás.

N° 14
Los Pastores

N° 15
Dn. Jacinto

N° 16
Amor mío. Yaraví popular.

N° 17
Amor fino- Baile popular.

N° 18
El desengaño.

N° 19
Cuando me muera.

N° 20
La purificadora

N° 21
La robadora. Popular

N° 22
La parranda. Baile popular

N° 23
¡Alza que te han visto! Música de Guayaquil.

[sin número]
Baile de los indios de la provincia de Oriente del Ecuador.

La última partitura, que no trae número, se encuentra en otro formato y calidad de papel y pareciera que el punto musical no coincide con el de Guerrero, podría ser un agregado; consta en su parte inferior escrito el nombre de  “Marcos Jiménez de la Espada”.

Queda claro que Guerrero usó el término yaraví como un genérico para las distintas piezas compiladas en su colección. De hecho el albacito, el sanjuanito, yumbo, jahuay y otros que son parte de la colección son considerados en la actualidad como géneros particulares y diferentes al yaraví, pero en su época, con el término yaraví, Guerrero abarcó a todos ellos.

Este hallazgo documental es una buena noticia para la investigación musical, a la que hay que sumar que la agrupación pomasqueña  “Canto Vivo”, se halla preparando la grabación de los “Yaravíes quiteños”, para que este registro por fin pueda ser escuchado por la colectividad ecuatoriana.

Pomasqui, 12 de agosto 2018





[1] Rolando Campuzano, arpista, me había proporcionado una copia del documento pero en muy malas condiciones.

jueves, 30 de agosto de 2018

Tonos de la Independencia



Tonos de la Independencia: música de cuando Quito se declaró libre.

Tres presentaciones en la ciudad de Quito, septiembre del 2018
Grupo musical JANAN
Palacio de Cristal del Itchimbía, jueves 6 de sep., 7 pm.
Museo de la Ciudad, jueves 13 sep., 7 pm.
Teatro Capitol, martes 18 de sep., 7:30 pm.
Música ecuatoriana de 1809-1830.
Entrada libre.
Descargue el programa de mano (informativo de 16 páginas) en forma gratuita en:
https://tonosdelaindependencia.wordpress.com/





Presentadas por el grupo musical Janan, el público de nuestra ciudad podrá apreciar 18 obras musicales del repertorio instrumental quiteño de hace 200 años.
El proyecto “Tonos de la Independencia”, del Investigador Musical Pablo Guerrero Gutiérrez, resultó uno de los ganadores de la Agenda Cultural 2018 en el concurso de la Secretaría de Cultura del Municipio, y fue elegido por el Instituto Metropolitano de Patrimonio para presentarse en el mes de septiembre por la conmemoración de “Quito 40 años de Patrimonio Cultural de la Humanidad”, en tres espacios cultuales de la capital: Palacio de Cristal del Itchimbía, Museo de la Ciudad y Teatro Capitol.
Obras como La Junta (tono), La guillotina (danza criolla, cuyo motivo inicial es La Marsellesa), La derrota del Panecillo o cuando Montes entró a Quito (yaraví), El Jacobino (danzante), Los Voltíjeros  (valse), El Guamán (tono místico),  Vals a Bolívar, el Ají de queso (costillar),  entre otras, que fueron creadas por anónimos artistas quiteños del siglo XIX serán estrenadas en arreglos libres elaborados por Eugenio Auz, César Santos, Javier Alarcón, Daniel Quinatoa y Rómulo Alarcón, quienes combinando instrumentos andinos y europeos buscan rememorar el llamado “tiempo heroico”, como se llamó a la época de sacrificio y lucha que permitió la emancipación americana.
Las obras serán ejecutadas por siete instrumentistas del grupo Janan y se contará con la participación del destacado pianista Álex Alarcón. La proyección  de acuarelas del siglo XIX que corresponden al Álbum de costumbres ecuatorianas, que reposa en la Biblioteca Nacional de España, será el telón de fondo que ilustre este evento.

Invitamos  a la ciudadanía a este programa que, en su estreno mundial, se desarrollará a las 7 de la noche, los días  jueves 6 de septiembre en el Palacio de Cristal del Itchimbía y  jueves 13 en el Museo de la Ciudad, y a la 7:30 p.m. el martes 18 en el Teatro Capitol. Todas las funciones serán gratuitas.

Descargue el programa de mano (folleto informativo de 16 páginas) en forma gratuita en:
https://tonosdelaindependencia.wordpress.com/



martes, 18 de abril de 2017

Bibliografía de la música ecuatoriana en línea BIMEL

Bibliografía de la música ecuatoriana en línea: BIMEL
Fidel Pablo Guerrero Gutiérrez
(para descargar el PDF de esta obra dar click en:)


Una bibliografía es un inventario del pensamiento histórico-documental que registra, organiza y evalúa la producción de procesos culturales tangibles o intangibles, los mismos que han sido plasmados en formatos intelectuales de la comunicación letrada, visual o sonora. Constituye así mismo una evaluación de un determinado campo o materia, cuando su escrutinio nos permite comprender su curso, alcances y sus faltantes: cuánto y sobre qué se ha escrito y sobre qué no se lo ha hecho.
La bibliografía es, en suma, una memoria documental sistemática, que tiene su complemento en aquella otra memoria, la de la tradición oral, en cuyo registro y transmisión intervienen otros mecanismo. La primera se lee, la segunda se escucha; algunas veces ambas se enlazan, pues lo que se escucha se puede escribir, así como lo que se lee se puede decir; esa interrelación sin duda se halla presente en este trabajo, que busca condensar aquellas memorias desde un ámbito técnico.
Contamos ahora con una bibliografía comentada para la investigación de la música ecuatoriana, con el título de: Bibliografía musical ecuatoriana en línea (BIMEL), en razón de que sido subida a una plataforma informática, de acceso libre, y que permitirá en el futuro incrementar, rediseñar o corregir su contenido. Al momento está constituida por más de 4.700 referencias con información que temporalmente va desde el siglo XVI hasta nuestros días: fuentes escritas, grabadas o filmadas que se han producido en el país o en el exterior, en los siguientes formatos:
  • Libros, revistas, folletos y hojas sueltas (manuscritos e impresos);
  • Partituras (solo aquellas que se insertan en libros, revistas y folletos o que se han editado como libros o folletos);
  • Audios y audiovisuales. Casetes y videos (solo aquellos de conferencias y material de carácter musicológico o que traten como tema exclusivo la música); y,
  • Direcciones web, las mismas que se han colocado junto a las referencias documentadas (solo aquellas que tengan categoría de sitios de consulta especializada, tesis y escritos en línea, habiendo sido todas recuperadas entre el mes de enero y febrero del 2017).
La bibliografía, en 656 páginas, abarca manuscritos o impresos de cédulas reales, informes, autos, juicios, crónicas coloniales (s. XVII-s. XVIII), diarios de viajeros (siglo XIX), relatos, poemas, cuentos, críticas, programas, composiciones musicales, conferencias, escritos de musicólogos, historiadores, literatos, autores antecedentes y modernos de distintas disciplinas que enfocan temas musicales o aledaños, así como también algunas investigaciones hechas en Perú y Colombia -territorios culturales conexos al Ecuador-, y aquellas que sobre nuestro país se han publicado en otras latitudes, EEUU, España, México, Francia, Argentina, Chile, etc. Cuenta con un índice analítico para búsquedas por temática,una introducción y una cronología bibliográfica.
Si bien es cierto que una bibliografía jamás queda concluida, el alcance cuantitativo que ahora se presenta es estimable, en procura de cubrir temáticas diversas y complementarias de la música. En el área histórica y científica se cuentan con las clásicas bibliografías de Robert E. Noris Guía bibliográfica para el estudio de la Historia ecuatoriana (Guides and bibliographies series, No. 11, p. 128-132. Austin: Institute of Latin American Studies, c1978); y, de Carlos Manuel Larrea la  Bibliografía científica del Ecuador (Quito: Editorial Casa de la Cultura Ecuatoriana, 1953), y más recientemente la bibliografía histórica de Michael T. Hamerly; en el área del folklore Paulo de Carvalho –Neto publicó un centenar de fuentes; así mismo existen bibliografías ecuatorianas del ámbito jurídico, económico, sobre artesanías, entre otras. Espero pues,  que  este trabajo cubra las expectativas en nuestro campo y  que sirva para visibilizarnos y apreciarnos mejor.
Si usted desea descargarse el PDF de la Bibliografía, que ha sido colocada en la red para servicio gratuito por decisión de su autor,  ingrese a la siguiente dirección: